Consentimiento Informado
¿QUÉ ES EL CONSENTIMIENTO INFORMADO?
Es un proceso en el cual el médico informa al paciente sobre el tratamiento que se le va a realizar, así como, los riesgos que tiene, beneficios y alternativas posibles.
En este documento el paciente autoriza la realización de la prestación médica, este documento debe de ser firmado de forma consciente y voluntaria, bien puede rechazarlo o aceptarlo.
El objetivo del consentimiento informado en esta ley de autonomía permite al paciente tomar sus decisiones con su libre y propia voluntad.
Este escrito verifica que el paciente ha recibido y entendido toda la información sobre dicho procedimiento, este documento debe estar dentro de la historia clínica del paciente.
¿DE QUÉ DEBE SER INFORMADO EL PACIENTE?
Este documento debe contener la siguiente información como mínimo:
-En qué consiste el tratamiento del paciente.
-Para qué sirve.
-Cómo se realiza.
-Efectos que puede producir.
-Beneficios del tratamiento o intervención.
-Dar al paciente otras alternativas posibles.
-Consecuencias relevantes o de importancia que una intervención origina con seguridad.
-Riesgos relacionados con las circunstancias personales o profesionales del paciente.
-Riesgos probables en condiciones normales de la experiencia o directamente relacionados con el tipo de intervención.
-Contraindicaciones que puede tener la intervención o tratamiento.
Siempre es obligatorio que esta información se le entregue al paciente excepto cuando está declarado judicialmente incapaz, sea menor de edad, a criterio del profesional, a un paciente incapaz de tomar sus propias decisiones o su estado físico y psíquico no le permita hacerse cargo de esta situación.
En estos casos la información se le dará a su representante legal y esté a cargo de él o por razones familiares vinculadas o de hecho.
¿QUÉ PASA SI EL PACIENTE NO QUIERE SER INFORMADO?
En el caso de que el paciente no quiera ser informado, se respetará su voluntad haciendo constar de su renuncia documentalmente, sin que esto conlleve ningún perjuicio de la obtención de su consentimiento previo a la intervención.
¿CÓMO SE REALIZA EL CONSENTIMIENTO INFORMADO?
Este consentimiento será verbal por noma general, pero hay excepciones.
En estos caso se hará de forma escrita:
-Intervención quirúrgica.
-Procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores.
-Procedimientos que sean de previsible repercusión negativa.
-En tratamientos no curativos: estética, esterilización...
Cuanto más dudoso sea el resultado de una intervención, más necesario será firmar este documento. Este documento también deberá ser firmado por los profesionales que intervengan en los tratamientos.
¿CUÁNDO SE DEBE FIRMAR ESTE CONSENTIMIENTO?
Este documento se debe de entregar con tiempo al paciente para que así pueda leerlo detenidamente y en el caso de que presente alguna duda poderla resolver a tiempo con su médico.
Este documento no regirá en caso de una intervención de emergencia que requieran de una rápida actuación. Es aconsejable que el documento contemple la fecha de entrega ya que en todo caso puede diferir con la fecha de actuación a realizar.
Este consentimiento debe de ser renovado cada vez que requiera un nuevo tratamiento o intervención.
¿PUEDE UN PACIENTE NEGARSE A UN TRATAMIENTO/INTERVENCIÓN?
Sí, el paciente puede hacerlo porque está dentro de su voluntad en la autonomía del paciente. Si el paciente se niega a este tipo de intervención o tratamiento esto debe quedar plasmado en un documento y firmado por el paciente, como medida para salvaguardar la responsabilidad del profesional, en caso de que en un futuro se presenten daños.
Cuando el paciente se niega a recibir este tipo de tratamiento o intervención no quiere decir que no desee continuar su atención, el médico tendrá que entregarle todo tratamiento en función de su cuidado general.
Hay que hacer del consentimiento informado un instrumento para que el paciente sea dueño de su opinión, respetando la dignidad personal, brindándole información verdadera, clara y acertada para su enfermedad y por supuesto los posibles tratamientos a seguir para su enfermedad
Cuando el paciente se niega a recibir este tipo de tratamiento o intervención no quiere decir que no desee continuar su atención, el médico tendrá que entregarle todo tratamiento en función de su cuidado general.
Hay que hacer del consentimiento informado un instrumento para que el paciente sea dueño de su opinión, respetando la dignidad personal, brindándole información verdadera, clara y acertada para su enfermedad y por supuesto los posibles tratamientos a seguir para su enfermedad
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